Residencia Berzosa

Proyecto Educativo

Proyecto educativo

Tipología

La residencia realiza un acogimiento residencial, con intervenciones educativos y terapéuticos, de niños/as y adolescentes de ambos sexos, de entre 6 y 18 años, con medidas de protección, ya sea guarda o tutela, derivados desde la Subdirección General de Protección a la Infancia de la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad a propuesta del Pleno de la Comisión de Protección a la Infancia y a la Adolescencia, supervisadas por el Ministerio Fiscal.

El perfil de los niños/as atendidos en Residencia Berzosa es el de menores con trastornos de salud mental, definidos en el CIE-10 (sistema de clasificación con mayor consenso clínico, además de haber sido publicado por la OMS) bajo el epígrafe Trastornos del comportamiento y de las emociones de comienzo habitual en la infancia.

Proyecto educativo

Ubicación

Residencia Berzosa se ubica en el municipio de Berzosa del Lozoya, situado al norte de Madrid en la denominada Sierra Norte, sobre un terreno bastante abrupto en la falda del Cerro de la Mujer Muerta, también llamada Peña de Cabra, en el macizo de Ayllón

Objetivos generales

a) Intervenir en los trastornos del comportamiento y en los componentes disfuncionales del desarrollo psicosocial del niño.
b) Desarrollar la competencia psicosocial del niño, sus competencias cognitivas, afectivas y la socialización.
c) Fomentar las relaciones familiares a través de un trabajo psicoterapéutico
d) Posibilitar la futura integración del NNA en los contextos sociales normalizados de la comunidad: barrio, centro escolar, salud y servicios sociales.
e) Potenciar el nivel de autonomía y de responsabilidad de niños y niñas.
f) Promover, en la adolescencia, la inserción sociolaboral y autonomía personal.
g) Desarrollar un Modelo de Entorno Protector y Buen Trato que promueva una cultura de la protección y la promoción del buen trato a niños, niñas, adolescentes.

Residencia Berzosa

ENTORNO PROTECTOR

Residencia Berzosa se constituye como un Espacio Terapéutico que promueve la salud mental de los NNA, a través de su atención integral, que comprende todas las dimensiones del desarrollo de la persona (biológicas, psicológicas y sociales), lo cual se ha reflejado en el diseño de sus instalaciones, en la elección del entorno en el que se encuentran ubicadas, en la atención y el cuidado a los menores o en las distintas intervenciones.

Los principios que sustentan la constitución de este espacio terapéutico, que han estado muy presentes desde la creación de la residencia son los que se indican en la Convención de los Derechos del Niño ratificada por España:

  • La no discriminación
  • El interés superior del niño
  • El derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo
  • El derecho a la participación

Entre los principios fundamentales que enmarcan la intervención terapéutica y educativa residencial se encuentra, tal y como se especifica en el Proyecto de Centro y desde el comienzo, la construcción de un espacio terapéutico que promueva la salud mental de los NNA, a través de su atención integral, que comprende todas las dimensiones del desarrollo de la persona (biológicas, psicológicas y sociales), por lo que debe atender a dos requisitos esenciales:

1) Ser un espacio seguro, en el que los residentes tengan garantizadas sus necesidades personales, afectivas y sociales, lo que incluye de manera destacada el verse libres de cualquier tipo de agresión o discriminación, atendiendo, tanto a las relaciones que se dan entre los menores, como las que se dan entre estos y los adultos, basadas en el respeto y el cuidado, que es una condición sin la cual no tendrían lugar los fines terapéuticos de Residencia Berzosa.
2) Ser un espacio enriquecedor, en el que se proporciones a los NNA variadas y numerosas interacciones personales de calidad, además de experiencias (con personas, con la naturaleza y con el entorno) que multipliquen sus oportunidades de desarrollo, aprendizaje y mejora de su salud mental.

Por ello, como también se especifica en los principios residenciales del proyecto, y más allá de los requerimientos normativos de la Administración a los que necesariamente se ha de atender, Residencia Berzosa se adhiere por convicción y principios al Sistema de Entorno Protector y Buen trato, lo que incluye la obligación de disponer de un Código de Conducta que ha de ser ratificado por la Administración y suscrito por todos los empleados de la residencia así como personal en prácticas y colaboradores voluntarios, por lo que se hace necesaria una adhesión explícita de sus profesionales al mismo, y por lo tanto al buen trato y la erradicación de todo tipo de violencia, así como propiciar la participación de los menores de edad en la vida del centro y en la generación de un entorno protector y una mayor atención al cuidado de todos/as los/las profesionales que trabajan en el mismo (“cuidado del cuidador”).

Por tanto, el Código de Conducta constituye una declaración pública de los comportamientos y las actitudes que, tanto el propio centro como las personas vinculadas al mismo deben observar en el desempeño de sus actividades. Está destinado a profesionales, colaboradores y voluntarios y en él se especifica qué se espera y qué deben de evitar los distintos perfiles profesionales vinculados al centro y promueve la adhesión individual al mismo por parte de todos/as los/las profesionales y colaboradores que forman parte de la red interna, incluyendo a la dirección del centro.

Asimismo, Residencia Berzosa adopta las definiciones de Entorno Seguro, Buen trato y Violencia que establece la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia:

  • Entorno Seguro: se entenderá por entorno seguro aquel que respete los derechos de la infancia y promueva un ambiente protector físico, psicológico y social, incluido el entorno digital.
  • Buen trato: se entiende por buen trato aquel que, respetando los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes, promueve activamente los principios de: respeto mutuo, dignidad del ser humano, convivencia democrática y solución pacífica de conflictos.
  • Violencia: Se entiende por violencia toda acción, omisión o trato negligente que priva a las personas menores de edad de sus derechos de bienestar, que amenaza o interfiere su ordenado desarrollo físico, psíquico o social, con independencia de su forma y medio de comisión, incluida la realizada a través de las tecnologías de la información y la comunicación, especialmente la violencia digital.